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VOTO ELECTRÓNICO


Por impulso de la Concejal Viviana Yawny comenzará a funcionar en el 2012 una comisión para analizar la implementación del sistema de voto electrónico.
En la sesión del día 21 de Diciembre se ha aprobado la conformación de una comisión  para que se comience a analizar la implementación del Voto Electrónico en reemplazo del actual sistema urnas tradicionales.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RÍO CUARTO
SANCIONA CON FUERZA DE
                                         ORDENANZA                                           
Artículo 1º.  Confórmese una comisión especial a efectos de analizar la implementación del Sistema de Voto Electrónico que comenzara a funcionar a partir del 1° de agosto de 2012, adoptándose los recaudos necesarios para tal fin.
Artículo 2º.  Se entenderá por Sistema de Voto Electrónico aquel que reemplace al sistema de urnas tradicionales por un mecanismo de votación electrónico, y que contemple, de igual manera, el registro y la verificación de la identidad del elector, de los partidos políticos y de los candidatos, la emisión del voto, el recuento de votos y la transmisión de los resultados.
Artículo 3º.  La comisión especial estará integrada por el secretario de gobierno, un representante del concejo deliberante por cada bloque que lo integre, el secretario de la Junta Electoral, un representante del Colegio de Abogados, un representante del Consejo de Ciencias Informáticas de la Provincia de Córdoba, un representante de la Universidad Nacional de Río Cuarto, pudiendo ampliarse dicha integración a otros actores de la sociedad de acuerdo a la convocatoria que considere la comisión especial por mayoría de sus miembros.
Artículo 4º.  De Forma.

Fundamentos:
El Sistema de Voto Electrónico es considerado por numerosos estudiosos de la materia, como un nuevo mecanismo electoral que permitiría superar dificultades que existen desde los orígenes mismos del voto, y que han generado dudas sobre su legitimidad. En este sentido se sostiene que podría contribuir a crear un sistema electoral más transparente, eficaz y fiable, pues aquellas prácticas de fraude electoral o clientelismo que pudiesen haber ocurrido en comicios electorales podrían ser atenuadas con este mecanismo. Se trata de un cambio en la forma de ejercer nuestro derecho político como ciudadano, que traería aparejado como consecuencia una transformación favorable en las prácticas políticas y una reforma en este ámbito. El incremento de la transparencia, la seguridad y la celeridad en los mecanismos electorales electrónicos, podría fomentar al mismo tiempo, una mayor participación ciudadana, el ejercicio de prácticas clientelares, y un proceso de aprendizaje cívico en la elección de nuestros presentantes.
Se trataría en definitiva, de un proceso de enriquecimiento, fortalecimiento y consolidación de nuestras prácticas democráticas, que tanto esfuerzo y vidas han significado.
Tal como se establece en el Artículo 2º de la presente iniciativa, se entiende por Sistema de Voto Electrónico aquel que reemplace al sistema de urnas tradicionales por un mecanismo de votación electrónico, y que contemple, de igual manera, el registro y la verificación de la identidad del elector, de los partidos políticos y de los candidatos, la emisión del voto, el recuento de votos y la transmisión de los resultados.
De igual manera es concebido por la Subsecretaría de Relaciones Institucionales del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, uno de los pioneros en nuestro país de iniciar este proceso de trasformación electoral, "votar electrónicamente significa emitir el voto a través de medios electrónicos tales como una computadora, una urna electrónica con teclado y/o pantalla, o el recuento automatizado del voto al momento de ser emitido, entre algunas de las opciones tecnológicas disponibles. Implica, eliminar el paso que media entre la materialización de la voluntad del votante y el registro de esa voluntad mediante nuevos procedimientos tecnológicos".
Capacitadores, campañas de comunicación y concientización, cursos y demás actividades deberían formar parte de este proceso, en el cual correspondería la intervención de todas las instituciones que conforman nuestro entramado de relaciones sociales, es decir, desde las centros educativos en todos sus niveles, hasta las organizaciones de la sociedad civil, los partidos políticos, etc. Para ello, se ha dispuesto en la presente al Departamento Ejecutivo, quién deberá diseñar, determinar, organizar, ejecutar, controlar, y evaluar estas acciones. Asimismo, la autoridad de aplicación y control será la Junta Electoral Municipal, quien tendrá como principal misión analizar e implementar los mecanismos necesarios a fin de aplicar lo estipulado en el Artículo 1º de la presente, garantizando el cumplimiento estricto de los requisitos exigidos por las leyes electorales y la Constitución Nacional.
En este sentido, se intenta garantizar los principios, valores, derechos y obligaciones de los electores y de las autoridades establecidas en el régimen  actual. Es decir, se intenta modernizar y adaptar nuestro sistemas a las nuevas generaciones, pero conservando los principios por los que nuestra sociedad ha luchado, el voto obligatorio, secreto e inviolable. Demás, implica que todo queden incluidos en este sistema de votación, aplicándose incluso, y como está establecido en las leyes electorales, a todas aquellas personas discapacitadas, no videntes o cualquier otro ciudadano con impedimentos físicos.
Lo expresado significará un impacto importante sobre nuestras conductas, tal como sucedió en el año 1912 cuando se implementó el voto libre, obligatorio, y secreto denominado Ley Sáenz Peña, o cuando el sufragio se amplió con la incorporación de la mujer a las actividades políticas en Septiembre de 1947.
Generalmente, este avance en los procesos electorales se inserta en los programas de modernización y reforma del Estado. Esta tendencia que existe en varías partes del mundo se debe, en gran medida, además de los expresado anteriormente, a su fácil utilización, y celeridad, y a que las urnas electrónicas son adaptables de acuerdo al tipo de sistema electoral vigente, entre otras ventajas.
Brasil ha sido uno de los países pioneros en implantar este tipo de sistemas, desde 1996 ha extendido esta herramienta a toda su población.
En nuestro país, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al igual que La Plata, Junín, entre otras ciudades ya han avanzado en este proceso, teniendo experiencias exitosas.
Nuestro compromiso para llevar acabo la “reforma política” ya se vio plasmada en las ultimas elecciones, en las cuales hubo avances, pero ellos todavía no son plenos, no alcanzan a satisfacer a la comunidad, para así lograr la consolidación de nuestras instituciones. Por ello creemos que este es un valioso aporte para un sistema mas transparente y una sociedad mas comprometida.


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