Fundamentos:
Sr. Presidente:
Hoy quisiera hablar de un problema de salud pública hasta ahora desatendido, estoy hablando la seguridad vial, considerando a la gran cantidad de victimas mortales por accidentes de transito y las casi 50 millones de personas que resultan heridas en el mundo de las cuales mucha con la consecuencia de discapacidades permanentes.
La cantidad de personas heridas a causa de los accidentes viales es inaceptable y es nuestro deber como estado llevar a cabo las medidas necesarias para lograr un programa de prevención que además de ser eficaz pueda ser sostenible en el tiempo, aumentando el grado de Concientización y compromiso para que todos podamos contribuir a mejorar nuestra calidad de vida.
Según un informe de la Organización Mundial de la Salud las proyecciones indican que, sin un renovado compromiso con la prevención, la cantidad de victimas por accidentes de tránsito aumentarán en torno al 65% en los próximos 20 años.
La Resolución A/64/255 aprobada por las Naciones Unidas con fecha 10 de Mayo de 2010 proclama el período 2011-2020 “Decenio de Acción para la Seguridad Vial” con el objetivo de estabilizar y, posteriormente, reducir las cifras previstas de victimas mortales en accidentes de tránsito en todo el mundo aumentando las actividades en los planos nacional, regional y mundial.
En dicha Resolución se “Solicita a la Organización Mundial de la Salud y a las comisiones regionales de las Naciones Unidas que, en cooperación con otros asociados del Grupo de Colaboración de las Naciones Unidas para la seguridad vial y otros interesados, preparen un plan de acción del Decenio como documento orientativo que facilite la consecución de sus objetivos” y a su vez, “exhorta a los estados miembros a que lleven a cabo actividades en materia de seguridad vial, particularmente en los ámbitos de la gestión de la seguridad vial, la infraestructura viaria, la seguridad de los vehículos, el comportamiento de los usuarios de las vías de tránsito, incluidas las distracciones, la educación para la seguridad vial y la atención después de los accidentes, contenida la rehabilitación de las personas con discapacidad, sobre la base del plan de acción.
También “pide que en el plan de acción del Decenio se incluyan actividades en las que se preste atención a las necesidades de todos los usuarios de las vías de tránsito, en particular los peatones, los ciclistas y otros usuarios vulnerables…”, “...apoyando para ello la formulación de leyes y políticas apropiadas y la creación de infraestructura y aumentando los medios de transporte sostenibles…”
Teniendo en cuenta que la seguridad vial es un problema del cual no se encuentra ajena nuestra ciudad, y que tenemos la posibilidad de contar con un plan internacional como lo es el “Decenio de Acción para la Seguridad Vial”, es nuestra obligación proporcionar las normas legislativas que sean necesarias para disminuir los principales factores de riesgos de los accidentes de tránsito, que incluyen la no utilización de cinturones de seguridad, dispositivos protectores para niños y cascos, la conducción en estado de ebriedad y la velocidad, así como también para desalentar las distracciones en el tránsito.
En este sentido la Agencia Nacional de Seguridad vial (ANSV) que funciona en el Ministerio del Interior declaro que adhirió a los objetivos y finalidades del “Decenio de Acción para la Seguridad Vial”, mediante la disposición 92/2011.
También numerosas organizaciones no gubernamentales que nuclean a familiares de víctimas de hechos de transito su compromiso y total apoyo a esta medida.
En base a lo expresado anteriormente es que solicito a mis pares la aprobación de un dispositivo de Resolución; a saber:
Articulo. 1º.- Declarar de Interés Municipal al “Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020 impulsada por las Naciones Unidas.
Articulo. 2º.- Adherir a la Resolución 64/255 de las Naciones Unidas “Mejoramiento de la Seguridad Vial en el Mundo”, por la cual se proclama el período 2011-2010 como “Decenio de Acción para la Seguridad Vial” con el objetivo de estabilizar y, posteriormente, reducir las cifras previstas de victimas mortales en accidentes de tránsito en todo el mundo aumentando las actividades en los planos nacional, regional y mundial.
Articulo. 3º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal arbitre las medidas necesarias a través del Ente Descentralizado de Control Municipal (EDECOM) para llevar a cabo los objetivos del “Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020 impulsada por las Naciones Unidas
Articulo. 4º.- Comuníquese, Publíquese, regístrese y archívese.
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